Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

baja laboral

1 Comentarios
 
24/07/2012 20:09
Buenas Tardes
Hola Maria, no me ha quedado claro, la baja que te han dado supongo que sera baja por riesgo durante el embarazo, no? o todavia no te la han dado?, o te han dado una baja laboral?

Teniendo en cuenta que te hayan dado la baja por riesgo durante el embarazo, en primer lugar, tu empresario debera de haber intentado adaptarte a un puesto distinto al que desarrolabas con el objetivo de que dicho cambio no pueda suponer un riesgo para el embarazo, en tu caso en concreto tu medico te ha dicho que necesitas reposo absoluto, por tanto en principio no puedes trabajar y se te debaeria de suspenser el contrato. Art 26.3 ley 31/1995.
Esta suspensión del contrato esta regulada en el art 45.1 d). Estatuto De los Trabajadores.
Señalar que para que se te conceda dicha suspensión se exige certificado o bien por la entidad gestora, o bien por la mutua que existe dicho riesgo en tu trabajo. Art 26.2 Ley 31/1995.

Respecto a lo que cobrarias ten en cuenta que esta prestacion deriva de contingencias profesionales, por tanto , para hallar la base reguladora, se toma en cuenta la BCCP del mes anterior y su calculo es como en el caso de la I. Temporal.

Un saludo
Baja laboral
24/07/2012 18:23
He estado los últimos 5 años trabajando a media jornada hasta junio que se finalizó el servicio y me comencé a trabajar de camarera a tiempo completo. El caso es que estoy embarazada de 5 meses y el médico que ha dicho que tengo alguna complicación y que debo guardar reposo absoluto. Si desde hoy estoy de baja, al llevar sólo un mes en este trabajo ¿cómo queda mi situación? ¿cuánto cobraría al haber trabajado solo un mes?¿me pagaría la seguridad social o mi jefe? Muchas gracias. María.