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Baja laboral transitoria repetitiva

1 Comentarios
 
29/08/2020 17:18
Fenos
Hola. El motivo que consta en el parte de baja debe especificar un pie determinado.
Por tanto si el motivo de una baja es el mismo que la anterior baja y no han transcurrido más de 6 meses es recaída. Por el contrario si el motivo es el otro pie, no es recaída sino nueva baja.
Saludos
Baja laboral transitoria repetitiva
28/08/2020 10:24
Tengo una duda a ver si en este lugar me la pueden despejar.
Tengo desde hace 14 años espolones en ambos pies, mi trabajo es de andar largas distancias al día, más tu día a día (obvio)
Con el tiempo en estos 14 años, la calcificación ósea ha ido aumentando notablemente, con lo que cada x tiempo tengo que coger una baja, parar un tiempo, pero a la otra baja es del otro pie.
Es decir que cada 4 o 5 meses, una baja es del pie izquierdo y otra del pie derecho.
¿Se considera recaida o no al no haber transcurrido 6 meses de la última baja?
Cierto es que si es del mismo pie claro que es recaida, pero como es una misma lesión pero distinto pie, pues esa es la duda que me queda.

Gracias.