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Baja laboral para acogerse a una subvención

4 Comentarios
 
Baja laboral para acogerse a una subvención
11/08/2022 17:42
Buenas tardes,
El motivo de mi consulta és el siguiente.
Llevo 14 años trabajando en la misma empresa, en condiciones de 40 horas semanales y contrato indefinido.

Con motivo de la creciente crisis económica, la empresa a solicitado ayuda económica al Ayuntamiento del municipio, y este ofrece hacerse cargo de la plaza que yo ocupo, a través de la contratación ,de otro empleado.
Costes de contratación que cubriría el Ayuntamiento a través de una subvención. En este caso, prestación laboral.
El nuevo/a empleado/a, ocuparía mi lugar.

Mi empresa me ha propuesto darme de baja y mientras dure la contratación, darme de alta en el Sepe, con derecho a paro o presentando Erte objetivo.

En definitiva, sin derecho alguno a cobrar finiquito, por mi parte. Y mantenerme a la espera mientras consumo mi periodo por derecho a paro, durante los dos años siguientes.

És una actuación legal?
Tengo derecho a liquidación y finiquito, o debo aguardar?
Escribo desde la comunidad de Cataluña.

Gracias por vuestra atención.

Cordialmente,
11/08/2022 17:52
Nurise46
Buenas, no sé realmente las intenciones, de tu empresa y del ayto , pero huele a chamusquina, no veo la ventaja para ud., sin indemnización, indefinido, pierde antigüedad, francamente, algo se escapa de mi comprensión, porque parece más una estafa que un acuerdo equitativo, que alguien aporte luz a este disparate, que parece más propio de cuatreros que de instituciones democráticas (empresas y entidades locales).
11/08/2022 19:30
Eso es directamente una estafa, acuda usted a un abogado y en cuanto procedan al despido y contraten al nuevo trabajador y usted esté en el paro, (por supuesto con un despido, nada de una baja, es decir tendrán que indemnizarle con un despido objetivo), en cuanto su puesto esté ocupado y continúe el trabajo, demanda por subrogación si viene en convenio, (no nos ha dicho, en qué trabaja? Cuál es el convenio? Así que faltan muchos detalles), si su convenio no recoge el dcho de subrogación acudiremos al art 44 ET sobre sucesión de empresas.
Debe estar atento al inicio de esa nueva actividad en colaboración con el ayuntamiento y que se lo lleve un abogado o sindicato, se quieren cargar a un trabajador sin indemnizar y ahorrarse la antigüedad contratando a otro nuevo que cara tienen.
smo
11/08/2022 19:34
Por supuesto usted no acepte ningún tipo de baja voluntaria en cuyo caso no tendría dcho a prestación por desempleo y luego si le despiden y le indemnizan usted tiene 20 días para reclamar ese despido como improcedente, esto supondría una indemnización mayor pero si luego, en pocos meses contratan a alguien para continuar la actividad deberá demandar por esa No subrogación o por sucesión de empresas.
Lo dicho esto suena a estafa.
11/08/2022 20:06
Muchisimas gracias, por vuestras respuestas y el interés.
Mis conocimientos en derecho laboral són muy básicos.
Intuia que nada de esta situación era lógico pero necesitaba asesoramiento para actuar con seguridad.

Muchas gracias!