El embarado de riesgo (riesgo para el feto o para la madre por causas ajenas al puesto de trabajo) se considera una situacion de IT por contingencias comunes. Por lo tanto el porcentaje que te tendrian que pagar, si tu convenio no lo mejora es:
- los tres primeros dias: NO hay prestacion
- 60% de la base reguladora desde el 4º día de la baja hasta el 20º inclusive
- y el 75% desde el día 21 en adelante.
Siempre, insisto, que tu convenio o contrato o acuerdo o costumbre de empresa no estipule mejoras
Hola, me gustaria saber si la baja por embarazo de alto riesgo es considerada como baja por enfermedad común, y tambien el porcentaje que me tendrían que pagar, Muchas gracias