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baja, la empresa dice que le debo dias

5 Comentarios
 
04/12/2016 19:53
llanero83
hola, mi hermana, trabaja desde hace 2 años en una empresa de limpieza, concretamente limpiando centros de salud en cantabria, tiene una jornada de 3 horas pero la pagan como media jornada.
en enero han cambiado de empresa y ahora lo ha cogido otra nueva, ella tiene el mismo contrato, solo se lo subrogaron, con las mismas condiciones
el mes pasado la empresa nueva la dice a mi hermana que ella esta haciendo 3h, de trabajo cuando esta cobrando como 4h. y la han mandado recuperar todas esas horas atrasadas que dicen debe a la empresa, ella esta contratada como discapacitada fisica solo puede hacer 3h, y la estan mandando hacer 8h, diarias para recuperarlas.
claro ella dice que esto se lo tenian que haber dicho por escrito cuando empezo la nueva empresa, no al cabo de 10 meses......
alguien por favor puede decirme si puedo reclamar algo ... ella no puede trabajar 8h. diarias fisicamente la es imposibble... se lo ha dicho al encargado y dice que si no lo hace la despiden....
gracias-
07/06/2014 01:25
219*8= 1752; 1752/11= 159,27 h/mes
1752/365= 4,8 h/día.
Usted cuando esta trabajando esta originado tiempo de descanso, por lo que la media entre lo que trabaja y lo que esta de descanso son esas 4,8 horas día que por los 365 días del año hacen el computo de la jornada anual de 1752 h/año.
Bien usted estuvo de it 20 días que multiplicado por 4,8 h/día usted los días que estuvo de baja genero 96 h ahora hace falta saber los días que si trabajo de ese mes en cuestión en el que estuvo usted de baja (suponiendo que todos los días correspondan a un mismo mes), dice usted que terminaba su descanso cuando cayo de it pues bien esos días de mes tb contabilizan a 4,8.
Mire un calculo aprox. si estuvo de baja 20 días y justo cuando terminaba el descanso de 8 días fue cuando al día ss primer día de trabajo de esos 20, quiere decir que son 28 días a 4,8 = 134,4.
un mes son 30 días (o 31), así que según esto como mínimo ese mes trabajo 2 días a 8 h son 16 que sumadas a las 134,4 = 150,4 (esto en el supuesto de que hubiese usted trabajado 2 días que pudieron ser 3 si el mes era de 31 días).
Por tanto en éste primer caso (haber trabajado 2 días) quedaría usted a deber a la empresa (159,27 - 150,4) = 8,87, redondeando 9 h.
En caso de haber trabajado 3 días, serian 8 horas menos por tanto, debería usted a la empresa 1 h.
Y para los casos de que que terminase usted de descanso y empezase la baja y a su vez cuando se reincorporase estuviese nuevamente de descanso.
mes de 30 (sin trabajar ninguno) hace usted una jornada de 4,8 *30= 144 con lo que debería a la empresa 15,27 y si es un mes de 31, 148,8 h con lo que debería usted a la empresa (159,27-148,8= 10,47 h, 10 y 1/2 Para ser exactos habría que convertir exadecimal en decimal.
Así que como ve en el peor de los casos posibles debería usted a la empresa 15 h
SMO.
06/06/2014 20:21
el convenio de aplicación es este:

http://www.boe.es/boe/dias/2013/10/21/pdfs/BOE-A-2013-11021.pdf

establece que tengo que trabajar 219 días al año a 8 horas.

El caso éste en concreto es que libro muchos días seguidos (8 días) y justo sufrí el accidente el ultimo día que libraba con lo que justo me di de baja el día que empezaban el grueso de días laborales, en esos 20 días de baja me pertenecían trabajar 16 lo cuales no trabajé y me reclama 4 puesto que el equivalente en laborales de 20 son 12, 16-12=4

no se si me explico....
06/06/2014 20:14
Pues no, no se le entiende, ¿porque no empieza por decirnos el sector?, ¿Convenio de aplicación y provincia?
Mire los jefes son unos lumbreras, no se como con tanto economista no salimos de la crisis la verdad, mire eso de que pasa usted al régimen general, pero ¿en qué convenio esta?, ¿cuantas horas tiene que hacer al año?
Aquí lo que cuenta son las horas al año, por cierto ese turno de 20 días y luego un descanso "X" será por que ustedes quieren porque sino el ET solo permite 14 días y luego intercalado un descanso.
Para que se haga una idea es necesario saber el nº de horas anales que dividido por los días que tiene el año (365) nos da una cantidad que seria la jornada a realizar incluido el descanso y entonces esa cantidad vamos a la jornada que tiene que realizar usted mensualmente y de esta forma sabremos las horas que pueda usted deber o no e incluso puede que le deban horas a usted, con gusto le haré el calculo cuando sepa la jornada anual.
SMO.
06/06/2014 15:04
Voy a intentar explicarlo bien:

Tenemos un calendario a turnos rotativos de mañana tarde y noche, en el que por decirlo de alguna manera los descansos y los días de trabajo está muy atomizados... quieres es decir que libramos muchos días seguidos pero también trabajamos muchos días seguidos, la cuestión es que la baja de 20 días está justo donde están los días en los que más trabajamos, y en esos 20 días de baja me tocaría trabajar 16, según dice él al estar de baja pasó al régimen general y en esos 20 días me corresponderían 12 días laborables, con lo cual la diferencia de 4 días a favor mía debería devolver.

No se si se me a entendido
baja, la empresa dice que le debo dias
06/06/2014 15:01
Hola necesito ayuda, he estado de baja por enfermedad común 20 dias, en ese tiempo al trabajar a turnos y en unos turnos bastante raros debería de haber trabajado de los 20, 16. Sin embargo dice mi jefe que le debo 4 días ya que al estar de baja paso el régimen general de trabajadores y estima que de los 20 solo 12 son laborales generándose así un déficit a favor de la empresa y debiendo devolver esos 4 días, mi indignación va en aumento y necesito info ya que encima de cobrar muy poco ese mes por estar de baja ahora tengo que devolver dias???? inaudito