Hola a todos, a ver quien me puede orientar.
Estoy de baja de enfermedad desde el pasado mes de Julio y estoy cobrando el 75% de la base por contingencias comunes, el caso es que en mi empresa se hacen horas extras y también se cobran unos pluses y todo esto no lo cotizan a la seguridad social, os comento esto porque cada mes tengo estas variaciones que nunca son los mismos importes y en el mes de junio ascendian a unos 400 euros, pero al no cotizarlos no cobra la parte que corresponde al estar de baja. Mi pregunta es, ya que tengo para tiempo de baja, si estas diferencias que me están pagando de menos las podría reclamar o si me hicieran un despido, cosa que es lo más probable, en la indemnización también me afectaría o a la hora de cobrar el paro.
No sé si me explicado con claridad, a ver si alguien me puede orientar. Muchas gracias
Por supuestos que te afecta, para la baja, en el paro, en las pensiones, en todo. Pero lo que no tengo claro es si las horas extras y los pluses aunque no cotizen van en nómina o ¿es algo que te pagan aparte?, si van en nómina y lo "disfrazan" en conceptos que puedan estar exentos de cotización, por ejemplo dietas, tienes dificil una reclamación. Yo me pasaría por un sindicato para que revisasen los conceptos de las nóminas, si no ilegales te informaran de como reclamar.
Un saludo.
Las horas extra no van a la base de contingencias comunes, por lo tanto en una I.T. por esa contingencia no te afectaran. si van a la base de contingencias profesionales.
El resto de conceptos, si son partidas salariales tienen necesariamente que cotizar y tributar y por tanto afectan a la base de contingencias comunes y a tu perecepción en situacion de I.T.
Si crees que estas partidas son salariales y se disfrazan o simplemente por el morro no se cotizan, creo que podrías acudir a la inspeccionde trabajo con todas las nóminas que tienes y denunciar esa infracotizacion.
Además podrías demandar a la Seguridad Social y a la empresa por las diferencias enla I.T. como la S.Social te va a pagar por lo que la empresa ha cotizado, si te dan la razón, que te la daran , maxime si tienes un acta de inspeccion que sancione esta infracotizacion, será la emprea quien tenga que abonarte esas diferencias.
Creo que si es una costumbre en la empresa tal actividad fraudulenta y el inspector actua con profesionalidad, el palo que le va a caer, cotizacion de las partidas no cotizadas de los utimos cuatro años mas el 20% mas la sancion, a esa empresa no le van a quedar mas ganas de tomarnos el pelo a todos, a sus trabajadores los primeros.
Efectivamente, esa infracotizacion te va a afectar a la hora de pedir cualquier prestacion, por eso es importante que actúe la inspeccion ya que esa acta te va a faciliTar la reclamacion judicial de todas las diferencias que se produzcan.
Para Beatriz,
Estas horas extras y pluses los tienen en nómina con conceptos que no cotizan, en Dietas y supongo que lo dificil para demostrarlo lo tiene la empresa, no yo, ya que para las dietas tendrían que tener justificantes, además un mes puede ascender estas dietas a 100, 300 o incluso me han llegado a poner 700 euros.
Lo que no sé es hacer demanda ahora que estoy de baja o esperar por si me hicieran un despido y si fuera así si lo cobraría con efectos retroactivos.
Una aclaración a mi pregunta anterior. Lo de cobrar con efectos retroactivos me refiero al importe que mensualmente cobro de menos estando de baja.
Gracias
Insisto en que deberias denunciar ante la inspeccion de trabajo esa infracotizacion y una vez que la inspeccion compruebe ese salario disfrazado de gasto, podrías iniciar una reclamacion de cantidades por las diferencias que existan en la I.T.
Ademas va a ser importantisimo que se clarifique lo que son esas dietas cara a de un despido.
Como veo que habeis retomado el tema, os informo que todavia estoy de baja, que probablemente continue hasta los 18 meses de baja y aunque no creo me den una incapacidad ya que estoy con un tratamiento y espero que al finalizar este me puedan decir que estoy curado.
La duda que tengo es que cuando me reincorpore a la empresa, seguramente buscaran cualquier motivo para echarme, yo quisiera saber si el tema de que no cotizen las horas y estos pluses yo me puedo guardar esto como un "as bajo la manga" o ya no podré reclamar nada por haber pasado tanto tiempo. Ya se que Ninfa y otros foristas sois de la opinión que deberia demandar ahora a la empresa, pero llamadme tonto, pero de momento, a no ser que ellos se manifiesten en contra mio, no haré ninguna demanda, por eso queria saber si esto lo puedo usar el día de mañana en contra de ellos, según la postura que adopten.
Un saludo.
Hola otra vez, la última situación que he tenido con mi empresa, es que los partes de confirmación de mi baja los lleva mi mujer al trabajo cada quince días y le han comentado que no hace falta que vaya cada quince días, que llevándolos todos cuando vaya a cobrar ya es suficiente. Por lo que yo sé los partes se tienen que presentar a la empresa cada semana, pero al haberle dicho esto la empresa a mi mujer, pues no se como tengo que actuar. Supongo que no me encontraré con la sorpresa que como no he ido en un mes a llevar los partes me den de baja voluntaria en la seg. social.
Gracias de antemano y perdonad pero tengo muchas dudas.
Agradece la consideracion de la empresa pero como no es molestia sino obligacion, haz llegar las confirmaciones (que te sellen una copia) todas las semanas. Sera mejor para todos incluido tú.