El 19 de febrero de 2010, entré en quirófano para quitarme la uña del dedo gordo del pié, operación sencilla que al mes por una negligencia medica derivó en amputación de dicho dedo.
Como fueron tres operaciones en cuatro meses consecutivos decidí dar de baja mi negocio ya que había estado sin actividad desde la fecha anterior citada y se preveía que la baja durara bastantes meses mas, me aconsejaron en la seguridad social de mi zona que cesara el negocio en hacienda con retroacción a la fecha de baja medica y que ellos a continuación con el justificante de baja de hacienda, también lo harían efectivo, para la misma fecha.
Puse el recurso para tal fin, mi sorpresa fue que resolvieron la baja el 31 de diciembre de 2010, por no aportar los documentos que exigían. Según Hacienda esos documentos no los expide ya que no existen.
De todas maneras, Interpuse un recurso de alzada, aportando unos documentos que me expidieron en Hacienda que equivalían a los que la Seguridad Social me pedía.
Han pasado los tres meses y se supone que por silencio administrativo el recurso esta desestimado.
Mi pregunta es la siguiente:
¿Me puede obligar la Seguridad Social a pagar un autónomo de un negocio que desde el 12 de febrero de 2010 hasta hoy no ha existido?.