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Baja en la seguridad social

6 Comentarios
 
Baja en la seguridad social
03/01/2014 06:19
Mi empresa me ha dado de baja en la seguridad social, me ha dejado sin trabajo y sin prestación de desempleo pero no me ha despedido. ¿ Si iniciara otra relación laboral con otra empresa, aunque fuera de corta duración y posteriormente la finalizara, podría acogerme a la prestación de desempleo?. Gracias.
03/01/2014 12:22
¿Y con qué motivo le han dado de baja para que no tenga derecho a la prestación? Si lo han hecho como baja voluntaria sin que usted lo haya pedido debe usted demandar a la empresa por despido improcedente y una vez resuelto tendrá derecho a la prestación
03/01/2014 12:48
Me han dado de baja por que en teoría tenía que haber pasado subrogado y no he pasado.
La empresa está demandada, pero igual el juicio tarda meses.
¿Mientras tanto,la prestación por desempleo?
03/01/2014 12:56
Pero lo importante es saber con qué motivo le dan de baja, porque si no le han subrogado tendrán que haberle despedido. ¿O es que usted aceptó tramitar una baja voluntaria con la promesa de pasarle a otra empresa? En ese caso no tiene derecho a la prestación. Si le dan de alta en otra empresa tendrá derecho a la prestación cuando finalice su contrato o le despidan, pero, atención, si le dan de baja por no superar el periodo de prueba y no han pasado 3 meses desde la baja voluntaria no tendrá derecho a la prestación.
03/01/2014 14:13
La empresa me subroga por defecto. Presto servicio desde hace más de 5 años en el mismo lugar. La entrante no me ha dado de alta y la saliente me dió de baja.
03/01/2014 16:03
Es el típico problema de las subrogaciones, usted debe demandar a las dos empresas entrante y saliente y si ambas trabajan para una tercera, el cliente tb debe ir incluido en la demanda, una vez interpuesta la demanda y mientras esta se resuelve puede usted acudir al SEPE con el papel del juzgado de que tiene interpuesta demanda y cobrará la prestación por desempleo mientras se resuelve el conflicto y luego cuando el juez resuelva a la que le corresponda pagarle deberá de reembolsar el desempleo percibido por usted o bien se lo pagan todo a usted y será usted quien lo desembolse al SEPE.
SMO.
03/01/2014 17:05
Me ha quedado clarísimo.
Muchas gracias.