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Baja e incapacidad

3 Comentarios
 
19/10/2007 10:49
Tienes razon Gsocial, me he liado contando los dias en los plazos (tres dias primero, los 16 siguientes ya asi) en vez de el numero de dia que hacia..el 19º...
por contestar deprisa..
Lo siento Aliona777
un saludo y gracias.
19/10/2007 10:44
Discrepo contigo dune..
se empieza a cobrar el 75 % de la base de cotizacion que mencionas a partir del día 21 de la baja no desde el 16.
Te paso el link
http://www.seg-social.es/inicio/?MIval=cw_usr_view_Folder&ID=28365
saludos¡¡¡
19/10/2007 08:05
Para saber lo que cobras estando de baja debes mirar la base reguladora BCCC que figura en la nomina justo anterior a tu baja.

Sin ningun tipo de complemento debes cobrar lo siguiente.
1. los tres primeros dias, nada.
2. del 3º a 15º dia, el 60% de la base reguladora.
3. del 16º inclusive en adelante el 75% de esa base reguladora.
Si tu percepcion supera tu salario base, la empresa no tiene obligacion de completarte mas alla ya que solo completa la prestacion cuando no llegas a ese salario base y solo hasta el importe del salario base.

En cuanto a la baja por maternidad, debes cobrar el 100% de la base reguladora, por lo que cobraras mas que cuando estas trabajando, de hecho.

un saludo
Baja e incapacidad
18/10/2007 21:48
Hola a todos

Trabajo en una empresa en Madrid que está vinculada al convenio colectivo de publicidad. Mi sueldo bruto se compone de 40% salario base y entre gratificación absorbible y demás el 60%. Actualmente estoy baja y cual fue mi sorpresa cuando al cobrar veo que he cobrado 640€ en vez de 1225€ Netos. La empresa cubre solamente el 100% pero de mi sueldo base no de la gratificación absorbible y demás pluses. Estoy embarazada de 24 semanas y estaré de baja por maternidad de aquí a pocos meses. EL colmo es que me he enterado que durante la baja maternal cobrare esos 640€ tambien
¿Esto es legal?. Gracias y saludos