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Baja como administrador sin pasar por el Registro

4 Comentarios
 
Baja como administrador sin pasar por el registro
27/02/2006 01:00
Hola a todo el foro. Mi consulta es que si me he dado de baja como administrador pero el nuevo socio no ha presentado las cuentas anuales en el Registro Mercantil: a)Puedo seguir ejerciendo como administrador y b) Si tengo responsabilidad ante hacienda por no estar la baja inscrita en el Registro Mercantil pero sí ante notario. Y otra pregunta es si un socio no administrador con un 33% de acciones tiene que responder ante deudas de la sociedad o ante hacienda. Muchas gracias
27/02/2006 20:04
Hola Jaime,
Entiendo que no puedes volver a ejercer como Administrador, ya que has cesado en tu cargo y aunque dicho cese no se halla presentado ante el Registro, tiene una fecha concreta. Lo mejor que puedes hacer es insistir al nuevo Administrador o al Notario para que presenten el cese ante el Registro.
No tienes responsabilidad alguna respecto con Hacienda, ya que desde el momento que se eleva a público un documento y se presenta puede pasar algún tiempo.
Respecto a la responsabilidad del socio, este es responsable por la aportación que hizo, pero no ante hacienda sino ante la sociedad
28/02/2006 18:02
Podrías actuar como mandatario verbal, sujeto a ratificación posterior de lo actuado, por parte de la sociedad, sobretodo de cara a la presentación de las cuentas anuales, ya q estarías actuando por el bien de la sociedad.
Si no se presentan las cuentas anuales, el Registro puede cerrar la hoja registral de la mercantil e impedir q se haga cualquier anotación posterior.
28/02/2006 20:22
Hola de nuevo Jaime,
Efectivamente puedes actuar como mandatario verbal, pero debes tener en cuenta que en esta situación responderás personalmente de cualquier error o retraso que se produzca en el desarrollo del mandato que tu mismo te has impuesto, así que piénsalo.
Es cierto que la Ley de SA prevee lo que tecnicamente se conoce como cierre registral, pero este no se produce por que un año no hayas presentado las cuentas el Registro no procederá de facto a aplicarte el cierre registral, cuestión distinta es si ya llevas más de un año sin presentar cuentas.
perfil J.P
01/03/2006 11:06
Muchas gracias por la información. ¿que significa actuar como mandatario verbal? Por otro lado cuando cesé como administrador me quedé con poderes plenos ante notario que tampoco se pasaron por registro. Dado que el nuevo administrador estaba cobrando dinero y lo desviaba íntegramente a otra empresa( no se si es legal), utilicé las escrituras de socio originales, que las tenía yo(dadas de baja ante notario pero no ante registro) para realizar un cobro, pues sólo tenía la fotocopia de los poderes por los que tenía facultades para cobrar. Si usé las escrituras de administrador cesado ante notario pero tenía facultades con los poderes, ¿pude incurrir en algún delito? Por otro lado, que conllevaría pedirle una auditoría? Muchas gracias