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Baja accidente laboral e interrupción contrato por covid

5 Comentarios
 
Baja accidente laboral e interrupción contrato por covid
20/10/2020 14:03
Muy buenas tardes .Paso a exponer mi caso para pedirles por favor me aclaren cuales son mis opciones .
Soy fijo discontinuo y estoy de baja por accidente laboral , he recibido este comunicado : Le comunicamos que en fecha ____quedara interrumpida la ejecución de su contrato de trabajo como fijo discontinuo por haber concluido el periodo de actividad en la empresa. atendiendo la instrucción (BOIb nº 168 30/09/20) turismo y trabajo Islas Baleares .Atendiendo las circunstancias originadas por la pandemia.
Tengo una antigüedad en la empresa de 12 años, de alta cada año una media de 10 meses con 25 días, sin vacaciones disfrutadas.
Muchas gracias por este gran foro que nos saca tantas veces de apuros .
20/10/2020 17:42
Usted sabrá si es cierto que ha terminado la temporada, verá los ctos fijo discontinuo suelen tener tanto fecha de llamada como de fin de temporada, si se cumplen esas fechas como en años anteriores pues el cto sería correcto, si ahora su cto lo finalizan anticipadamente por motivos del COVID o por estar usted de accdte laboral esto es un despido en toda regla, por tanto estaríamos ante un despido camuflado, pues bien un despido por COVID es posible pero si usted impugna ante el Juzgado de lo Social y a su vez denuncia ante inspección de trabajo, la empresa si tuviese trabajadores en ERTE tendría que devolver todos los pagos realizados a los trabajadores en ERTE, así como devolver a la SS todo lo abonado por esta entidad por medio del SPE, (poca broma con esto).
En cuanto a la 2 situación, es decir, despedir a un trabajador que está de IT por accdte laboral, este despido, (aunque quieran camuflarlo como un final de cto),como digo este despido tras sts de TSJUE es despido nulo.
Tiene usted 20 días para impugnar este despido, acuda a un abogado oa un sindicato sin pérdida de tiempo.
smo
21/10/2020 14:05
Jamgrrhh28
Muchas gracias por su pronta y contundente respuesta
22/10/2020 11:34
Hola buenos días. en el BOIB encontré esto, que le parece? INSTRUCCIÓN

Fecha de fin de temporada de las trabajadoras y trabajadores fijos discontinuos.

Tal y como figura en el Acuerdo de la Mesa de Diálogo Social de las Illes Balears de 16 de septiembre, se considera el día 30 de septiembre de 2020 como fecha de fin de temporada y actividad para las trabajadoras y trabajadores fijos discontinuos.

De este modo, se habilita a las empresas para que, a partir de tal fecha, procedan a interrumpir la relación laboral del colectivo de fijos discontinuos. Sin perjuicio, como es evidente, de poder mantener la prestación de servicios de las mencionadas personas trabajadoras en el desarrollo de la actividad empresarial.


Palma, 29 de septiembre de 2020

El consejero de Modelo Económico, Turismo i Trabajo Iago Negueruela Vázquez
Muchas gracias por su tiempo
22/10/2020 15:46
Muy a mi pesar veo que los Gobiernos solo piensan en las Patronales y no en los trabajadores, tras ésta instrucción me temo que poco se puede hacer porque no se trata de un despido sino de una finalización del coto gracias a esa instrucción, siento no haber buscado dicha instrucción para informarle correctamente, me resultaba tan evidente que no considere necesario mirar dicha instrucción.
23/10/2020 11:59
Jamgrrhh28
La mesa esta reunida a cada momento y saldrán instrucciones a medida de sus circunstancias. Muchísimas gracias por sus respuestas y su tiempo.Un saludo