el derecho que tiene sobre esa terraza es poner unas sillas mesas y maceteros.
Si quiere construir una habitación, primero tiene que tener licencia del ayuntamiento, y despues en junta el permiso de todos los propietarios para realizar lo que desea.
Ojo con lo que mhace, no será ni la primera ni la última obra que oblige a derribar el ayuntamiento o la comunidad.
Como aclaración, el derecho de vuelo en una comunidad es zona común y no privativa.
Tengo una azotea en la que según las escrituras de creación de la división horizontal del edificio, me corresponde en exclusiva el uso y disfrute de la misma.
Resulta que me gustaría construir una habitación en dicha azotea, y no sé hasta donde alcanza ese derecho de uso y disfrute. Dicho de otra manera, que me gustaría saber por favor que pasos tendría que seguir para poder hacerlo legalmente, y si tengo derecho a a hacerlo.