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azotea de uso privativo

4 Comentarios
 
Azotea de uso privativo
25/02/2006 23:17
Hola a todos!
Acabo de escriturar una vivienda con azotea privativa. En dicha azotea han instalado la cumbre del ascensor con una pequeña puerta enrejillada, alegando que era una rejilla de ventilación.
Praa sorpresa mía, obtenidas las llaves, encuentro que a los pocos días han accedido a mi azotea (posiblemente la empresa constructora), sin previo aviso, y han dejado abierta dicha puerta. Al asomarme compruebo que a través de ella se accede al motor del ascensor.
Lo más asombroso es que existen fórmulas para accceder a dicho espacio comunicando a través de una puerta y abriendo un hueco practicable desde una zona común.
El resto de propietarios con azotea privativa no ha escriturado y la célula de habitabilidad no ha sido aprobada.
Sabéis cuáles son mis derechos? Puedo alegar que tengo firmada azotea privativa y cortar cualquier acceso a esa zona? En caso negativo, me veré obligada a entregar una llave de mi azotea al ascensorista, al presidente, etc. para el mantenimiento del habitáculo?
Por favor, ayudadme si podéis. Gracias anticipadas.
26/02/2006 08:56
Dirija una carta al constructor indicando que su azotea es privada, y que no permitirá acceso a nadie.
Que habiliten otro acceso al cuarto de máquinas.
26/02/2006 13:04
Aparte de lo que le ha recomendado Iris:
¿Tiene su azotea privativa, asignada una determinada superficie?.
¿Ha comprobado dicha superficie?.
¿La azotea es "privativa" o de "uso privativo"?.
26/02/2006 18:57
Podrías explicar que significa y en que se diferencia "privativo" de "privado". Gracias
27/02/2006 13:10
El problema es que, tal y como explicas, hay un derecho de servidumbre para el paso, dado que, de momento (dices que se podría hacer, pero no se ha hecho), la única forma de acceso es por esa azotea.

Cuestiones que podría darse:

1.- Sea privado o de uso privativo, no pueden entrar sin tu permiso (y por tanto no puedes darle las llaves) pero no puede negarte cuando tengan que acceder. El problema puede darse cuando sea urgente y no estés localizable.

2.- Que en el título constitutivo se indique que es de uso privativo tuyo PERO que la comunidad puede tener acceso cuando quiera por urgente necesidad. No es lo normal, pero hay algunos casos, precisamente para evitar el problema que te comentaba en el punto 1.

Por tanto, debes mirar dos cosas, una es tu escriura, la azotea, para ser privadad, debería figurar en tu escritura (con sus m2), la otra es el título constitutivo, pues podría señalar una limitación de ese uso. La servidumbre legal (por ser el único medio para acceder) ya la tienes, pero podrías tener una servidumbre impuesta por el título constitutivo (que tu habrías aceptado al firmar la escritura y si no la miraste, es un problema para ti, pues deberías haberlo hecho)