Presenta todas las alegaciones que puedas, da la tabarra, pero sobretodo, de buenas maneras, aunque estes muy enfadado, las leyes son así, no creo que el "ayuntamiento" quiera perjudica, a veces miran más por su interés, pero si vas de buena es mejor.
Mi esposa no está empadronada en la citada población porque actualmente vivimos, desde que nos casamos, en otro pueblo. Cuando compramos el coche en tráfico tomaron, para tramitar el impto.de circulación, la dirección del DNI de mi mujer y que aún aparecía el domicilio de soltera.
En un futuro cambiaré el alta de dicho impto. a la localidad donde ahora vivimos. Pero, ¿y el impto. de este año?
-Los ayuntamientos tienen hojas de reclamaciones?
-se les puede poner una denuncia?
- qué puedo hacer?
Tienes razon de que la exencion sea por la condición de minusvalia, pero para poderla aplicar, has de tener en cuenta que el impuesto de circulacion es un impuesto local de la cada ayuntamiento, por lo cual donde uno vive, es donde tiene el impuesto de circulacion y el organo que tiene que dictar la exencion.
Lo que no entiendo es que tu mujer no estaba empadronada en el ayuntamiento donde paga el impuesto, como era esto posible?
Mi mujer es minúsvalida con un grado del 33%. Es propietaria de un vehículo turismo y cuyo impuesto de circulación lo viene pagando en un ayuntamiento de la provincia de cádiz. Presentamos en noviembre del pasado año una solicitud solicitando la exención de dicho impuesto. Pues bien, hasta la fecha aún no nos han contestado y hemos llamado varias veces y siempre nos dan "pares y nones". En la última conversación telefónica nos decían que estaría exento siempre y cuendo se empadronara en el citado ayuntamiento. Que sepamos la exención de dicho impuesto es, solamente, por la condición de minusvalía.
Ante este abuso de poder, pues sólo dan la exención a cambio de empadronarse en la citada localidad, nos sentimos impotentes. Bastante desgracia tenemos con la invalidez sobrevenida a consecuencia de un accidente de tráfico, que aún así este ayuntamiento antepone su criterio unilateral al cumplimiento de la normativa vigente sobre los beneficios fiscales para minusválidos.