Desde la última reforma de la Ley de la Jurisdiccion Contencioso Administrativa se imponen las costas a la parte vencida al igual que en un procedimiento civil.
Gracias, sin embargo me refiero a que si un ayuntamiento puede, al igual que cualquier otra parte de un litigio, solicitar que se condene en costas a la parte contraria?
Habría que ver, si el abogado que ha actuado por parte del Ayuntamiento es un funcionario o no. Por otro lado, creo que en los contencioso-administrativo no es obligatorio la intervención de procurador.