Si lo han notificado por correo normal (sin acuse), se supone que estás en plazo.
No dispongo de ningún modelo, pero en la web de la AEAT tienen alguno.
Mira este enlace:
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/Modelos_y_formularios/Formularios/Formularios_para_Tramites_ante_la_Agencia_Tributaria/2reposic.pdf
muchas gracias JUAN S. , estoy a tiempo? la notificacion del embardo de la vivienda la hemos obtenido el viernes, pero tiene fecha de enero.no sabemos si la han notificado por edictos porque ha llegado por correo ordinario. Porfa me puedes pasar algun modelo para impugnar, estoy perdida en administrativo. :)
No sólo se han saltado la prelación sino también el principio de proporcionalidad: no se puede embargar un inmueble por una deuda tan insignificante.
Creo que lo mejor es impugnar la diligencia de embargo en base a los dos argumentos.
Ayuntamiento se salta prelacion de embargo de 169.2 ley general tributaria.
AYUNTAMIENTO SE SALTA PRELACION DE EMBARGO DE 169.2 LEY GENERAL TRIBUTARIA y embarga por una deuda de 90 euros, una vivienda.
Es un caso donde el clienta olvida pagar la basura del 2009 , 90 euros.
El ayuntamiento en junio 2010 se dicta providencia acordando embargo bienes de deudor para cubrir la deuda. (suponemos que la han notificado por edictos porque a el no le ha llegado nada).
El ayuntamiento en marzo 2011, envia carta, (sin acuse de recibo ), en la que DECLARA embargada la vivienda de mi cliente (deudas objeto del embargo 90 euros y 300 euros de costas)
Pero la prelación en el embargo está regulada en el artículo 169.2 de la Ley 58/2003 General Trbituaria, de 17 de diciembre:
"Si la Administración y el obligado tributario no hubieran acordado otro orden diferente en virtud de lo dispuesto en el apartado 4 de este artículo, se embargarán los bienes del obligado teniendo en cuenta la mayor facilidad de su enajenación y la menor onerosidad de ésta para el obligado. Dinero efectivo o en cuentas abiertas en entidades de crédito.
Créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo. Sueldos, salarios y pensiones. Bienes inmuebles.
Dado que mi cliente tiene cuentas abiertas en entidades de credito, y un salario de 1900 euros como funcionario del estado, tengo claro que se han saltado el orden de prelacion,
No estoy muy puesto en prodedimiento administrativo, creo que ya han hecho anotacion preventiva de embargo. ¿como lo puedo recurrir?