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Ayuntamiento no contesta

9 Comentarios
 
23/08/2005 13:52
Deberia solicitar al Ayuntamiento, relacion detallada de todas la Modificaciones Puntuales aprobadas despues de la aprobacion de la NNSS y a iniciativa de quienes se han tramitado, aunque veo dificil que atiendan su solicitud.
En cualquier caso le podria valer como argumentos, durante el periodo de alegaciones de PGOU.
Lo triste de todo esto, es que legislacion contencioso-administrativa, no se puede alegar agravios comparativos.
23/08/2005 03:03
Quiero aprovechar esta ocasión para daros las gracias a ambos por contestar y por la valiosa información que ofrecéis una y otra vez, pero no creo que lo mío se arregle sin juzgados.
Lo cierto es que en este Ayuntamiento en concreto está todo bastante "politizado". Además hay mayoría absoluta aplastante y la realidad es que tienen "mucho poder" ( incluso ante la JUnta de Andalucía)
NO hace mucho tiempo a un vecino proAyuntamiento de una barriada rural, similar al caso mío, sí que le tramitaron una modificación de las Normas ante la Junta de Andalucía ( Medio Ambiente y Urbanismo).
Algo cabreado, he registrado un par de escritos en el Ayuntamiento hablando de lo injusto de que a unos sí les tramiten todo y a otros ni agua...pero no les han gustado y ahora hay "mal rollo" así que estoy "seguro" que en el nuevo Plan de Ordenación urbana que aprueben me quedaré como estoy, fuera de lo urbano ( y también estoy seguro de que a sus votantes-amiguetes sí les harán el suelo urbano que necesiten gracias al nuevo PGOU) y entonces tendré que hacer lo que dice canosarq, sugerir, alegar...
Canosarq no creo, y sería largo de explicar, que en el nuevo PGOU se arregle "mi asunto" , y entonces tendré que gastar un dinerito en buenos abogados...(prevaricación, creo) El Alcalde ya está acostumbrado a los Juzgados, incluso ha sido inhabilitado recientemente.NO ES UN ASUNTO FÁCIL, LOS CONOZCO MUY BIEN.
Un saludo.
26/04/2005 00:02
gata1:
Tu solicitud de una posible modificación de NN.SS. sí es posible que el Ayto. no la considere, dado que es el Ayto. el que debe solicitarla, si lo considera conveniente.
En el caso de que el Ayto. esté elaborando un nuevo Plan, debes estar "al loro" de su exposición pública y presentar una "Sugerencia" antes de su Aprobación Inicial, y en caso de no considerar tu propuesta, incoar una "Alegación" -también en su período correspondiente- que debe ser respondida por escrito (y justificada) antes de la Aprobación Provisional del Plan.
Nota: En el caso de que el Ayto. tramite -y solo él- dicha modificación, sí debe tramitarla ante su correspondiente Comisión de Urbanismo, y, de ser necesario, deberá tramitarla con el correspondiente Informe de Impacto Ambiental y los Informes Previos necesarios que afecten a dicha modificación (Hidrográfica, Fomento, Costasd, etc...)
25/04/2005 22:03
Puede dejar de tramitarla si no le parece interesante porque es una decisión sometida a la discrecionalidad política simple y llanamente. En mi opinión con el silencio negativo se acaba el trámite.
Por otra parte es lógico que en urbanismo soliciten la redacción de un PGO del municipio si la cantidad de solicitudes de modificacion de NN.SS se acumulan.
14/04/2005 00:17
Muchas gracias a ambos.
Mi comunidad es Andalucía.
El caso es que de forma "oficiosa" me han dicho en el Ayuntamiento que mi solicitud de modificación de las NN.SS. se ha guardado en una cajón, y que será tenida en cuenta o no ( eso ya es una decisión poítica) dentro de unas semanas ya que se está elaborando el Plan General de Ordenación Urbana del municipio. El Ayuntamiento dice que la Comisión Provincial de Urbanismo ya no acepta más modificaciones de las NN.SS. El caso es que a algunos vecinos o empresas "afines" sí les han modificado las Normas para que puedan construir.
Mu duda sigue siendo si el Ayuntamienti puede dejar de tramitar mi solicitud, ya que lo normal es la envíe a Medio Ambiente para que emitan Informe Ambiental ( Ley 2/89), Comisión Provincial de Urbanismo, etc..
Por otra parte, si el silencio es negativo, cuándo recurrir?? Qué recursos son los normales y cuando empieza el plazo si la solicitud es de 8 de Dic. de 2004?
Gracias.
perfil esg
13/04/2005 23:58
Es evidente, ya que en caso contrario estaríamos modificando el planeamiento todos los días
13/04/2005 20:24
Pues eso; de oficio o a propuesta de un tercero.
!!Pero la propone el Ayuntamiento!!
13/04/2005 16:48
Canosarq, a pesar de que demuestras estar muy puesto en temas urbanísticos, no entiendo eso de que solamente el Ayuntamiento puede promover una modificación puntual de unas normas subsidiarias a instancia de un tercero, también puede de oficio.
11/04/2005 19:48
Unicamente el Ayuntamiento puede "promover" una Modificación Puntual a "propuesta" de un tercero.
Este tipo de actuaciones es conveniente preguntarlas (o negociarlas) antes con el Ayuntamiento, para saber "a priori" si el Ayto. está de acuerdo.
En caso de Silencio Administrativo, en este caso, y en la mayoría de las Comunidades, es Negativo.
Ayuntamiento no contesta
11/04/2005 00:46
He solicitado al Ayuntamiento en Dic.de 2004 una Modificación de las Normas Subsidiarias del Planeamiento urbanístico, para poder hacer una casa, pero no hay respuesta por el momento.
¿ Tienen que notificarme obligatoriamente o pueden aplicar silencio admvo.? ¿en qué sentido?
Muchas gracias.