he sido beneficiario de una subvencion por la junta de andalucia y con posterioridad al cobro de la misma y por motivos laborales he adquirido otro inmueble acojiendome al impuesto reducido a menores de 35 años a la hora de escriturar pero he tenido que darla de alta como vivienda habitual y residencia fiscal para ello. mi consulta es si puedo tener problemas por ello, ya que la ayuda recibida era para las viviendas habituales, y en su caso que podrian reclamarme para el proximo ejercicio:
-o que page la diferencia y escriture como 2a vivienda la adquirida recientemente.
- la devolucion de la ayuda recibida
Tendrás que mirar el condicionado de la ayuda para ver cuánto tiempo tenías que conservarla como vivienda habitual. Tambén te pondrá lo que sucede en caso de incumplimiento, supongo que tendrás que devolverla.