Los administradores concursales responden personalmente de los daños causados a la masa o a los acreedores por su actuación negligente o por su falta de diligencia. Podrás instar una demanda de juicio declarativo ante el Juzgado que esté conociendo del concurso. Has de presentar la demanda en el plazo de 4 años desde que has tenido conocimiento de dicho perjuicio.
Buenos días, un cliente se fue a concurso de acreedores, se le asigno un procesador concursal,
se llego a un acuerdo que iba a seguir trabajando y dentro de 2 años pagaría en varios vencimientos la deuda, se le siguió vendiendo y el pagaba lo nuevo religiosamente, hasta que se ha acercado la fecha de pagar la deuda antigua que dejo de pagar.
Nosotros hemos denunciado.
ahora se a dado de baja en la agencia tributaria.
Su administrador concursal nos dice que han sido muy listos y que se lo han montado muy bien.
Queríamos saber si el administrador concursal tendría que haber controlado esto o que poder hacer, si tiene alguna responsabilidad el administrador concursal, o tengo que dar todo por perdido, y quitar la demanda para no perder mas dinero.
Muchas gracias.