Hola, tengo unas dudas referente a las rentas para solicitar el subsidio para mayores de 55 años.
Para solicitarlo por primera vez piden la declaración de la renta última, y ahí se ven las rentas imputadas a los dos miembros del matrimonio, que al ser en régimen de gananciales van al 50% a cada uno.
Pero si se entrara en detalle a petición del Sepe (no sé si lo pide) en esas rentas hay algunos intereses bancarios solo míos como único titular. Es decir, no es lo mismo ver la declaración de la Renta, que pedirme a mí mis rentas del ejercicio pasado.
¿Cómo lo hacen? ¿Qué piden exactamente?
Si me piden que lo aclare al detalle, me pasaré del 75% del SMI, pues dividiendo mi parte real de rentas de la Declaración de la Renta entre 12 meses ¿es así? Me paso.
Si en el mes de espera he pagado la cuota de convenio especial a la Seguridad Social por ejemplo 300 euros, ¿influye de alguna manera, cómo se resta? ¿se divide esa cuota entre 12? ¿O se restan los 300 euros de golpe?
¿Me suspenden ya de entrada, por cuánto tiempo, 1 mes, o ya no me lo dan?
Esto que indico aquí es independiente del impreso de solicitud en el que hay que poner los intereses recibidos ¿solo en el mes anterior al de la solicitud?, más el resto del dinero valorado al 4% y dividido entre 12 meses, más otras rentas, etc…
Porque si en el mes anterior no llego al 75% del SMI, pero me he pasado en la declaración de la Renta del año anterior ¿Qué pasa? ¿Por cuanto tiempo me deniegan el subsidio?
Muchas gracias por la ayuda.
No, no lo he solicitado aún, solo quiero saber información. En otros foros dicen que hay que declarar las rentas percibidas en los 12 meses anteriores, pero creo que eso es para la reanudación.
Para la solicitud inicial creo que solo se ponen los intereses reales percibidos por mí en mes anterior y el rendimiento del resto del dinero al 4% y dividido entre 12.
No tengo ni idea pero....
Se computa los intereses bancarios tuyos mensual presunto que resulte de aplicar el 100 del tipo de interés legal del dinero vigente sobre el valor del bien, prorrateado entre 12 meses.
No lo sé, pero yo diría que.
El convenio especial es por meses, lo restas por meses.
Saludos.
Estoy cobrando el subsidio de mayores de 55 años, que lo tengo aprobado
antes de la ultima reforma, por lo que no estoy obligado a presentar las
rentas de la unidad familiar. Mi pregunta es, si me contratan en un
Taller de Empleo por 1 año, cuando termine el contrato no tengo derecho a
prestación, ¿pero podría reanudar el cobro del subsidio o tendría que
volver a solicitarlo con lo que ya me afectaría la nueva norma?