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ayuda familiar y una incapacidad permanente total

5 Comentarios
 
03/03/2014 07:06
Gracias . Yo estoy cobrando el subsidio de desempleo , es decir tras 24 meses de paro me concedieron 18 meses de subsidio , que son los que estoy percibiendo hoy en día .
Mi duda reside en que si cuando obtenga la IPT tendré que reembolsar este subsidio .

Agradezco vuestras respuestas . Un saludo .
03/03/2014 01:16
Depende del subsidio que se cobre. En principio hay subsidios que solo te exigen que cobres menos de cierta cantidad, sin embargo hay otros que son incompatibles con otro tipo de pensiones públicas.
02/03/2014 07:19
Muchas gracias . Es decir , que todo lo pagado se lo cobrarán después ........ hay que hacer el cálculo en general ya que en 18 meses habrá que prorratear las 3 pagas extraordinarias y añadir su importe a la pensión obtenida .

Me cabe una pequeña duda , un vecino mío cobró la IPT ganada en juicio con carácter retroactivo y a su vez tbn percibió el subsidio de 426 euros . Le he comentado el caso y me ha mostrado la libreta del banco y la carta del INSS y realmente no le han descontado el importe del subsidio . ¿¿ EXISTE ALGÚN TIPO DE EXCEPCIÓN PARA ESTOS CASOS ??? .
Gracias , ya diréis algo .
01/03/2014 14:35
Normalmente en estos casos, lo que suelen hacer las administraciones es lo siguiente:
1.- El INSS te envía lo que se llama un derecho de opción, con lo cual debes decidir si cobrar la ayuda familiar o la IP con carácter retroactivo.
2.- Siempre debes coger la mejor opción, por lo que si tú IP es de menor cuantía, deberías quedarte con la ayuda familiar.
3.- En el caso de que la IP sea de mayor cuantía, normalmente, y lo digo con ciertas reservas, las administraciones se arreglan entre ellas por lo que la Seguridad Social te abonará la diferencia a favor y entablará con el SEPE comunicación, por la cual le abonará la ayuda familiar.

Un saludo.
01/03/2014 14:11
No lo se , pero tengo curiosidad ya que mi caso es similar . A ver si alguien nos aconseja .
Ayuda familiar y una incapacidad permanente total
01/03/2014 08:51

Buenos dñias amig@s del foro . Os expongo mi duda para ver si me podéis ayudar .

El próximo mes de abril tengo un juicio para una incapacidad permanente total IPT , desde que presenté la demanda habrán transcurrido 18 meses . Durante estos 18 meses he percibido la ayuda familiar ya que tengo un hijo de 4 años .
Si consigo la IPT me han dicho que deberán pagarme la pensión obtenida con carácter retroactivo y es ahí donde radica la consulta que os quiero hacer ¿¿ ME EXIGIRAN QUE DEVUELVA EL DINERO QUE ME HAN PAGADO ESTOS 18 MESES EN CONCEPTO DE AYUDA FAMILIAR ??

Unos dicen que si fuese paro entonces sí , otros dicen que en este caso NO , otros que cuando saquen la cuenta global entonces descontaran ese dinero ...........
Mi abogado de oficio , muy joven , recien salido de la facultad , tampoco sabe responderme ......... Por eso , a ver si alguien del foro que haya percibido la ayuda familiar me sabe decir si luego es descontable . Muchas gracias de antemano .