Hola toreno. Cualquier reclamación so solicitud ante la Administración DEBE realizarse por escrito y presentarla en el Registro correspondiente. Una vez presentada deberán darle a usted respuesta escrita motivada/fundamentada que le servirá a usted de base para exigir, si es el caso, responsabilidades.
estoy a la espera de cobrar los atrasos de una solicitud que ya esta dada de baja.los recibos los mande a primeros de junio de 2009 y me dijeron que tardarian entre 6 y 8 meses.he llamado y no me resuelven nada.que hago?