Buenas dias.
Sobre un piso en tacita reconducción con pago mensual, no anual, ¿el aviso de concluir el contrato debe ser cuatro meses cuando se cumple el mes o cuatro meses antes del mes que marca el inicio de contrato? Gracias
Se puede notificar dentro de los primeros 15 días del nuevo período.
Es importante siempre revisar las cláusulas específicas del contrato, ya que pueden existir condiciones particulares acordadas entre las partes. Además, se recomienda realizar la notificación por escrito para tener constancia de la misma.