Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

averiguación de patrimonio del ejecutado

6 Comentarios
 
Averiguación de patrimonio del ejecutado
18/06/2009 13:59
Para averiguar la situación patrimonial del ejecutado a través de la Agencia Tributaria ¿hay que esperar a que recaiga sentencia?
Gracias
perfil TN
18/06/2009 14:23
Como veo que no lo tienes muy claro, te recomiendo este libro

http://www.atelierlibros.es/ficha.asp?producto=51325&submateria=
18/06/2009 20:00
Yo lo veo como TN... o lo que es lo mismo:

Como veo que no lo tenéis muy claro, os recomiendo este libro

http://www.atelierlibros.es/ficha.asp?producto=51325&submateria=

"A la agencia tributaria la puedes pedir cualquier documento del que no seas el titular y sin que haya una sentencia que lo ordene"...Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
19/06/2009 14:20
muchas gracias.
19/06/2009 16:39
No es información confidencial....?

No creo que la agencia tributaria informe a un particular de los bienes de otra persona o entidad....

El juzgado si que tiene potestad para solicitar a la agencia tributaria información sobre los bienes de personas o entidades..
22/06/2009 13:57
Gracias. Miriam52, ?en qué momento piensas que habría que solicitar al Juzgado que oficie a la agencia tributaria?
Gracias
24/06/2009 00:28
Yo creo que cuando tenga una sentencia firme que ejecutar... un titulo judicial...

Cuando solicites del juzgado que ejecute... si no sabes los bienes que se podrian embargar... solicita al juzgado informe de averiguación patrimonial...

Nosotros solicitamos al juzgado decano el informe y recibimos la comunicación de los bienes...cuentas etc.. del ejecutado...
tambien hay un convenio con la TGSS y puedes solicitar que se averigue si esa persona trabaja... si percibe paro...etc...

salvo mejor criterio...