Si tienes una licencia de obra para construir un chalet con un aval de construcción y otro de urbanización y no acabas la obra por problemas económicos. ¿Puedes pedir la devolución de avales?
nunca he visto lo del aval de construcción, por lo que te pido que lo aclares
en cuanto al aval de la urbanización hay dos tipos:
1.- si la calle estaba perfectamente urbanizada, el aval será una garantía por los posibles daños que puedan provocar las obras del chalet
2.- si la calle no estaba urbanizada, el aval será por el importe estimado de las obras de urbanización
caben varias posibilidades:
A.- en el caso de que la calle estuviera ya urbanizada (caso 1), pedir la suspensión de la licencia por causas económicas, sin que conlleve la demolición en tanto la parte ejecutada sea conforme con el planeamiento, dejando las obras en estado seguro (cerradas y demás) y sin autorización de uso, condicionando la continuación de las obras a la obtención de una nueva licencia, reparando los desperfectos ocasionados en la calle y solicitando la devolución del aval (o, sin hacer reparaciones, solicitar la devolución del aval descontando, si hubiese motivo, el importe de las reparaciones necesarias)
B.- lo mismo que en el caso A, pedir la suspensión de la licencia por causas económicas, sin que conlleve la demolición en tanto la parte ejecutada sea conforme con el planeamiento, dejando las obras en estado seguro (cerradas y demás) y sin autorización de uso, condicionando la continuación de las obras a la obtención de una nueva licencia, y solicitando la devolución del aval. Es posible que te digan que no, y que condicionen la devolución del aval a la anulación de la licencia, con demolición de las obras ejecutadas.
C.- pedir la suspensión de la licencia por causas económicas, sin que conlleve la demolición en tanto la parte ejecutada sea conforme con el planeamiento, dejando las obras en estado seguro (cerradas y demás) y sin autorización de uso, condicionando la continuación de las obras a la obtención de una nueva licencia, solicitando la devolución del aval TRAS REMATAR las obras de urbanización pendientes. A eso debieran de decirte que sí, pero pasarías al caso 1 cuando solicitaras una nueva licencia para continuar las obras, habiendo de presentar un aval por el importe estimado de los daños que previsiblemente pudieras ocasionar en la vía.