Esta pregunta deberia de haberla planteado en el foro civil pero intentare responderle.
Tendria que leerse las condiciones del aval pero lo normal es que la entidad financiera, ante el impago, le pueda reclamar directamente las cantidades adeudadas a Vd. que estaria obligada a pagarlas al haber renunciado, seguramente, a todos los beneficios con los que cuenta en un principio el avalista.
Si tiene que pagar, nada le impediria ejercer, dentro del plazo legalmente previsto, las acciones procedentes contra el deudor principal.
hola, me gustaria saber que consecuencias tiene un avalista si el titular de un credito personal tiene cuotas impagadas y si se pueden tomar medidas judiciales contra el titular.Gracias