Hola inquilino. Si usted desea cambiar de Avalista(banco) puede hacerlo si cuenta con el consentimiento del Arrendador( la misma renta avalada,por el mismo tiempo,etc..). Una vez sustituido el Avalista se debe proceder a modificar la clausula del contrato en la que se recogía el aval y adjuntar como documento anexo al mismo el nuevo Aval bancario.
El resto del contrato seguirá en vigor(es decir,no será un nuevo contrato).
Hola inquilino. Si usted desea cambiar de Avalista(banco) puede hacerlo si cuenta con el consentimiento del Arrendador( la misma renta avalada,por el mismo tiempo,etc..). Una vez sustituido el Avalista se debe proceder a modificar la clausula del contrato en la que se recogía el aval y adjuntar como documento anexo al mismo el nuevo Aval bancario.
El resto del contrato seguirá en vigor(es decir,no será un nuevo contrato).
Tengo un contrato de alquiler avalado con una cantidad en depósito en un baco determinado. Mi pregunta es: ¿es posible cambiar el depósito de banco sin rescindir el contrato de alquiler? Es necesario hacer un contrato de alquiler nuevo o hay alguna fórmula legal que lo haga posible?