Eso es Troe, tal cual está regulado el alquiler hoy en día, es la ley de la oferta y la demanda. Es decir, que son lentejas...
Lo que no tengo tan claro es que sea el arrendatario el que "se fastidie". La maquinaria legal obliga al propietario a pedir estas garantías adicionales para cubrirse las espaldas, ya que en caso de impago, está demostrado que la justicia no responde. Si el propietario no exige este tipo de avales, ante un incumplimiento se encuentra con que tarda más de un año en recuperar su inmueble, y tras ello no ve ni un duro, porque el pobrecito que lleva un año viviendo gratis a su costa es insolvente. Y de esta forma el que se "fastidia" es él.
Así que volviendo a la ley de la oferta y la demanda, aqui cada uno se cubre sus propias espaldas.
Muchas gracias Eloy.Si es asi (y no lo dudo)entiendo que estariamos ante la ley de la oferta y la demanda y por tanto el arrendatario que se......fastidie.Gracias de nuevo.
Un contrato de arrendamiento es un pacto, un acuerdo... entre dos partes...La que alquila puede pedir lo que le venga en gana...Eso sí, que la otra parte este de acuerdo en dárselo.
Si lo quieres hacer perfecto vete a un notario...
Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Hola.Mi pregunta es la siguiente.Es posible que a la hora de celebrar un contrato de alquiler de una vivienda; el arrendador "exija" al arrendatario un aval y no solo eso, sino que exija que ese posible avalista posea propiedades (tierras..pisos...coches...etc).Gracias por adelantado.Un saludo