En un contrato de arrendamiento de un local comercial si además de efectuar la fianza de 2 meses que obliga la Ley, se realiza también un deposito dinerario adicional de 7.000 euros para garantiza el cumplimiento del contrato. El importe de los 7.000 euros es también obligatorio por Ley que se deposite en el Gobierno autonómico, como la fianza de los 2 meses, o ese deposito adicional de 7.000 euros se los puede quedar en depósito el arrendador?