En realidad, su pregunta no es para el foro de derecho civil, sino de derecho penal. Aquí tenemos la ligera idea de que a usted le pueden caer hasta 4 años y a su hija donataria la misma pena, reducida en un grado. Lo que sí tenemos claro es que, como señala 1996, esa donación ha sido un acto fútil. Será interdictada y anulada; lo que llamamos "acción pauliana".
Vd. como avalista responde con TODOS sus bienes de la deuda de su hija. El hecho de que su vivienda esté como garantia hipotecaria, significa que el primer bien que responde del pago de la deuda será la vivienda. Pero en caso de no alcanzar, responderá con el resto de sus bienes, hasta que esté cubierto el total de la deuda.
El donar bienes a otra hija, significaría que Vd. está intentando ocularlos, para que el acreedor no cobre sus derechos, lo cual es un delito (busque en internet el codigo penal, articulo 257). Independientemente de que dicha donación sería nula.
Buenos dias; tengo la siguiente duda: avale con mi casa a una hija y esta no puede pagar la hipoteca. Mi duda es la siguiente: Los demas bienes que tengo , si los dono a la otra hija, me los pueden reclamar para el pago del aval? Gracias.