fianza te la pedirán siempre ... si es antes de terminar las obras de urbanización te la pedirán por el importe de esas obras ... y si es después de terminadas, te las pedirán por el valor del daño que puedas causarles con tu obra
como supongo que eso ya lo sabes, y que tienes claro que tu problema no es ese sino otro, digo que lo anteriormente dicho está dirigido a ese forista, que siempre hay, que se sorprenderá de que le pidan fianza después de haber finalizado, y pagado, las obras de urbanización
tu problema, el tuyo, es temporal ... resultado de un exceso de cautela por parte del ayuntamiento
el ayuntamiento por nada permitiría que se construyera una mínima parte del conjunto con riesgo de que las obras de urbanización no se terminen ... porque trata de evitar tener edificaciones acabadas sin poder ser ocupadas por falta de infraestructuras
lo lógico, a efectos de responsabilidad, sería repartir el importe total de las garantías entre los coeficientes de participación de cada uno de los miembros de la junta ... y así será aceptado, sin duda ... pero con tiermpo ... justo cuando llegue un momento en que, por un lado, las obras de urbanización estén bastante avanzadas (al 75%) y a buen ritmo y, por otro lado, que haya sido solicitada licencia de obras por una parte significativa del conjunto (el 40%) ... porque en ese momento, con los avales de responsabilidad por daños de ese 40%, ya se habrá asegurado el cobro del 25% de las obras de urbanización pendiente de finalización
no se trata ya de si tienes derecho a ello o no lo tienes ... porque para el ayuntamiento el tiempo da y quita razones ... y si las obras de urbanización van a buen ritmo y existen solicitudes de licencia (que sería la prueba de que tienes razón), el ayuntamiento habrá solventado el tema, con reparto de cuotas, antes de lo que pudiera hacerlo cualquier resolución judicial ... y si las obras se rarentizan y apenas existen solicitudes de licencia, el ayuntamiento dirá, cargado de razón, que tiene razones fundadas para pedir ese aval, que no tierne garantías de que las obras se habrán finalizado a la par que las obras de construcción del inmueble para las que se solicita licencia
Tendo una parcela de una unidad de actuación, pertenezco a la junta de compensación y ya han sido aprobados todos los trámites incluido el proyecto de urbanización, ya hace más de un año, se está urbanizando pero todavía falta bastante, yo presente el proyecto de construcción en el ayuntamiento, pero me dicen que no me dan la licencia sin que esté urbanizada la totalidad de la unidad de actuación o bien se presente un aval bancario del importe total de la misma, a mi me parece injusto que se me exija que tenga que responder yo de la totalidad de la misma, considero que sólo debería avalar lo correspondiente a mi parcela. En la junta el mayoritario es un promotor, no se si tengo que esperar a que el presente su proyecto de construcción y el aval en donde me requeriria la parte correspondiente a mi parcela o bien tengo alguna otra opción de poder ir construyendo mi casa, en tanto en cuanto se hacen las obras de urbanización tal y como contempla la ley del suelo en Cantabria que es donde se encuentra la parcela que hago referencia. Gracias de antemano si alguíen me puede aconsejar que debo hacer.