Vamos a ver, el que una arrendataria no desee continuar con el arrendamiento no le autoriza a resolver unilateralmente el arrendamiento, salvo que el contrato lo realizase ella sola en su nombre. La otra arrendataria, si la primera decide no continuar con el arrendamiento, queda obligada al pago de la renta y puede repetir contra la que se ha marchado lo que le debe. Pero, si la arrendataria que se queda incumple con el pago de la renta, lógicamente el arrendador o bien resolverá el contrato o en su caso ejecutará el aval. Otra cosa es a lo que obligó el avalista que si se trata del íntegro del alquiler, luego puede repetir contra los avalados.
Asunto: dos arrendatarias, una de ellas repentinamente decide resolver el contrato, sin el preaviso acordado, por ello, pierde su fianza y arrastra a la otra arrendataria a perder tb su fianza o bien subrogarse en su posicion, lo que es imposible dado el coste que tendria q asumir. Por ello, la perjudicada decide no pagar parte del último mes (ya que ha perdido la fianza por culpa de la otra inquilina) y ejecutan el aval bancario,por lo que el avalista (familiar de la otra arrendataria) reclama a la arrendataria perjudicada las cantidades que tuvo q pagar.
¿EN este caso, si la arrendataria no devuelve el dinero al fiador, en juicio tendria las de perder?no hay ninguna forma de defender la mala posicion en que la dejo la arrendataria q decide resolver sin mas??
Espero q quede claro
Muchas gracias de antemano