Normalmente los gastos de urbanización de un terreno es una carga asociada al terreno. Esto quiere decir que si cambia de propietario este se esubrroga en ellos excepto que, de forma líbremente acordada en contrato, el vendedor se haga carga de ellos.
Y es que el precio de la transacción variará en función de cual de las partes asuma las cargas urbanísticas.
En una finca de mi propiedad en 1999 ,realicé proyecto para vivienda unifamiliar y solicite correspondiente licencia de obras . Tuve que presentar en el ayuntamiento 8.5.2001,un aval bancario por importe 298.350 pesetas en concepto de "fianza definitiva para responder de las obligaciones derivadas de la ejecución de las obras de urbanización ".
Yo vendí la mencionada finca sin completar la obra en septiembre 2002.El nuevo propietario no ha terminado la obra .
A pesar de haber ido personalmente y enviado numerosos buró fax (sin respuesta) a día de hoy sigo pagando trimestralmente por el mencionado aval .
Ha transcurrido más de 14 años y necesito afrontar legalmente este tema .