Se ha pedido la venta judicial de un bien inmueble de una persona incapacitada por parte de la tutora directamente. El expediente es anterior a la vigencia de la nueva ley de jurisdicción voluntaria. Se ha notificado el auto no autorizando la venta que es apelable en cinco días. ¿Se precisa abogado y procurador para ese recurso? Gracias.
Gracias Tripoli. Tenía dudas y en todo caso, se presentará recurso directamente por la tutora con indicación de que caso de tener algún defecto formal, el mismo será subsanado a requerimiento judicial y además se indicará un domicilio en la sede de l Audiencia para notificaciones. Gracias.