Buenas tardes, quisiera exponer un caso...
Puede un menor, de 17 años, acudir a terapia psicológica sin autorización del progenitor custodio?
Sé que respecto a temas médicos a los 16 años ya se les considera mayor de edad, y pueden tomar sus propias decisiones, pero , ¿En el caso de tratamiento psicológico también es así?
Y en caso afirmativo, ¿puede el progenitor custodio solicitar del profesional información respecto al tratamiento de su hijo, y/o participar, aunque sea de manera indirecta?
Gracias
Entiendo que tienes patria y potestad sobre el menor. Vamos por parte.
1.- Antes de intervenir con tu hijo, el psicólogo te tiene que pedir permiso, porque aún tu hijo es menor de edad. Como no lo ha hecho, denuncialo en el colegio de abogados.
2.- Como tienes la patria y potestad sobre el menor, tienes todo el derecho de saber el estado de salud de tu hijo, historia clínica, etc.. Te recomiendo que solicites por escrito este tema, no vaya a ser que a la larga te genere algún disgusto por no haberte "preocupado" de tu hijo.
La madre de mi hijo de 8 años no me lo deja ver y ha sido requerida en 2 ocasiones por el juzgado previademsnda de ejecución de sentencia por el tema de el régimen de visitas y no ha pasado nada, pero no por ello he dejado de entrevistarme con la profesora de mi hijo (pido certificado del colegio de esas entrevistas) y las visitas al pediatra (documento sellado por su centro de salud) con su estado de salud a actualizado.
Llevo 2 años y medio para divorciarme, no tengo fecha para el psicosocial y cuando llegue, no quiero que me pillen fuera de juego y pueda alegar la madre que no me preocupo por mi hijo.
Si no está conforme con este tratamiento debe iniciar un expediente de jurisdicción voluntaria por desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad para que sea el juez quien decida. En el escrito de la solicitud deberá argumentar los motivos por los que considera que no es recomendable para el menor, así mismo la otra parte argumentará también los motivos que considere y será el juez quien decida. No es necesario abogado y procurador aunque sí que es recomendable contar con asesoramiento legal para redactar y presentar la solicitud.
Si finalmente se hiciese el tratamiento porque es beneficioso para el menor, tiene derecho a estar informado del mismo.