Buenos dias les cuento mi caso una chica con nacionalidad rumana tiene permiso de trabajo y la vamos a contatar para el campo, hasta aqui conforme.
Nos dice que sus padres no tienen permiso de trabajo en vigor, pero que si que les podemos contratar, siendo la HIJA LA QUE AUTORIZA para que ellos trabajen, o algo asi.
Yo he preguntado en la seguridad social y me dicen, que solo es cuando son los padres quienes autorizan a los hijos, pero no en este caso que es al contrario.
Me gustaria saber si existe alguna nueva ley que permita esto,
es muy urgente, gracias de antemano.
Hola. Hay una confusión al respecto. Conviene ir por partes.
1.- Todos los rumanos, al ser nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, tienen derecho de residencia en España, en las condiciones fijadas por los Tratados constitutivos y por el Derecho derivado. Por tanto, este punto de partida, no es cuestión que se pueda considerar oscura o controvertida.
2.- Sin embargo, los rumanos que hubieran ingresado en España a partir del 22 de julio de 2011 o hallándose, no estuvieran inscritos en situación de alta en la Seguridad Social o como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal, requieren obtener una autorización de trabajo. La misma exigencia se aplica a los familiares de rumanos que hubieran ingresado con él o fueran dependientes suyos.
3.- Si los progenitores son rumanos, se encuentran en España desde el 22 de julio de 2011, o se encontraban antes, pero no estaban en situación de alta en la Seguridad Social o como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal, tienen que solicitar una autorización de trabajo.
4.- La normativa en vigor es la Decisión de la Comisión Europea del 20 de diciembre de 2012, por la que se autoriza a España a prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2013, la suspensión para los rumanos de los arts. 1 a 6 del Reglamento (UE) 492/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión, relativo al derecho a la libre circulación de trabajadores dentro de la Unión.