PD: se me olvidó colocar en el mensaje anterior, de acuerdo a lo que Ud. dice entonces si ella presenta bien sea el resguardo que tiene de momento mientras no sale resuelto el expediente, o bien sea la resolución, igual cuenta para demostrar que tiene NIE vigente, no?
En la práctica ¿qué tan engorroso son este tipo de trámites?, ¿cuánto tiempo duran en aprobarlo? (seria en Madrid).
Por otra parte, necesita el alumno pedir algo especial en el centro de estudios donde se encuentra para acreditar que se encuentra estudiando allí?, ¿Tiene que aportar el horario también?
Y por último, si por ejemplo se trámita una autorización de trabajo ahorita y el empleador dice que lo hace por 1 año, pero la tarjeta de estudiante de la persona caduca en septiembre, la autorización caducaría en septiembre también? Como haria entonces para seguir trabajando?
Cuando se presenta la solicitud de renovación de una autorización dentro de plazo, debe entenderse prorrogada la vigencia de la autorización caducada, ya que ese es el efecto que la normativa le atribuye a la oportuna presentación de solicitud de renovación. Si la normativa no atribuyera ese efecto, el extranjero estaría desprovisto de un título que legitime su permanencia en territorio español, algo que sería incongruente con los principios que informan el sistema jurídico. Por eso, la persona debe entender en todo momento que su situación en España es y sigue siendo legal, así también lo ha declarado la jurisprudencia del Tribunal Supremo en varios fallos.
Si la persona desea trabajar siendo estudiante, esto es posible, pero debe cumplir una serie de requisitos:
- El empleador será el sujeto legitimado para presentar la solicitud.
- Solo puede trabajar media jornada en períodos lectivos y jornada completa en períodos de vacaciones, pero nunca más de tres meses.
- El horario de trabajo no debe coincidir con el horario de actividades lectivas.
- Los recursos que obtenga del trabajo no pueden tener la consideración de recurso principal para la subsistencia, sino tan solo constituir un complemento.
- El contrato de trabajo debe ajustarse a la modalidad de contrato a tiempo parcial.
- Debe ser afiliada a la Seguridad Social y dada de alta. No cotizará por la contingencia de desempleo.
La autorización de trabajo durará lo que dure el contrato y en todo caso, su vigencia no podrá ser superior a la de la autorización de estancia por estudios.
También puede solicitarse autorización de trabajo por cuenta propia, en ese caso, el sujeto legitimado para presentar la solicitud es el propio interesado.
NOTA.- Si está en Cataluña, la competencia para tramitar estas autorizaciones de trabajo para estudiantes la tiene la Generalitat de Cataluña. En el resto de España, sigue siendo competente la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.
Mi novia presento su solicitud de renovación de estancia por estudios el pasado 19/11/2011 y hasta el día de hoy sigue "EN TRAMITE".
Quisiera saber, si ella llegase a conseguir una empresa que quisiera contratarla ella tendría que tener una autorización de trabajo que según entiendo debe presentarla el mismo empleador.
Mi pregunta es, en la práctica cuanto tiempo tarda en aprobarse esto y que tan engorroso es?
Y la otra pregunta, ella como aun está en trámite según lei en el Reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería uno de los requisitos para poder solicitar tal autorización es que tenga el "NIE VIGENTE", pero en este caso ella aun esta esperando respuesta de su solicitud que a fin de cuentas no es culpa de ella, sino de la Administración por demorar tanto.
¿Como podría hacer en este caso? ¿Tendría que esperar a tener la tarjeta renovada en mano o con la mera resolución le vale?