Mi pregunta viene detras de una historia larga (pero importante) asi que lo siento antes :-)
Soy americana y llevo casi tres anos con mi novio espanol. Este ano (Sept 2010- Junio 2011) estuve viviendo alli, haciendo un programma que se llama "auxiliares de conversacion." A traves del programa, tenia un NIE de estudiante (specificamente, estudios o investigaciones). Mi nie caduco el 31 de Mayo pero estuve en espana hasta el 20 de Junio. Mi suegro es policia nacional (jubildo) y fuimos a la comisaria juntos y basicamente le dijeron que si me pillan alli como "illegal" tendria que esperar 90 dias antes de poder volver. Si salgo sin que me pillaran, pues puedo entrar cuando quiera. Ahora, en el aeropuerto, pregunte al agente de policia nacional y el tambien me dijo que no hay problemas y que podria volver sin problema. Esto por un lado
Ahora por otro lado, mi novio y yo hemos empezado el proceso de ser Pareja de Hecho, y empezabamos el proceso antes del que se caduco mi NIE, en abril. Hace faltta un papel que tengo que conseguir aqui en los estados unidos asi que el estatus es "abierta." Una vez consigo el papel, lo mandare a espana y se terminara el proceso, o sea que estare en una Pareja de hecho, pero siendo yo ahora mismo en los eeuu y el en espana.
La pregunta basicamente es si tengo que conseguir un Autorizacion de Regreso si tengo estatus de pareja de hecho? Aparte, todavia no esta claro si tengo que esperar los noventa dias o no.
1.- Usted no precisa visado para cruzar la frontera española, puede volver a ingresar como turista.
2.- El documento que, seguramente le hace falta, es el certificado de estado civil de las autoridades competentes de su país de origen, debidamente legalizado con la Apostilla de La Haya y traducido al castellano por traductor jurado. No olvide que debe tener una antigüedad no mayor a tres meses.
3.- No necesita obtener autorización de regreso, ya que no se halla en los casos en los cuales ésta es necesaria y tampoco se da el presupuesto necesario para obtenerla (tener en proceso de renovación una autorización caducada o estar en proceso de obtención de una tarjeta inicial).
4.- Usted, aunque se encontraba en situación irregular al momento de marcharse, lo ha hecho voluntariamente, sin que se le hubiese tenido que iniciar procedimiento administrativo sancionador alguno, por lo que no tiene impedimentos para volver cuando lo estime oportuno.
5.- Cuando regrese a España y ya tenga en su poder la certificación de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho que le corresponda, podrá solicitar su tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, en la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en su provincia. Deberá cumplimentar el impreso EX-16.