- En mi opinión no veo pq no.
- Debería bastar el desglose, si consta de forma precisa el objeto de las autorizaciones. Lo q sea más rápido. De todas formas quizás te cures en salud si lo vuelves a pedir en forma y tiempo oportunos, para q luego no haya retrasos innecesarios.
Queridos compañeros, me surge una duda que seguro que es muy simple pero es que en materia concursal no estoy muy puesto. El caso es que hemos presentado una ejecución de costas sin la autorización de los administradores concursales (mis mandantes están en concurso voluntario de acreedores) y el ejecutado ha alegado falta de capacidad para actuar, el juzgado nos ha dado cinco días para aportar las autorizaciones pero aún así y en base al art54 ley concursal nos han denegado la ejecución.Por lo menos sin condena en costas. ¿Podría volver a plantear la ejecución de las costas aportando desde el principio las autorizaciones? y en el caso de que pudiera,¿debería volver a pedir a los administradores nuevas autorizaciones o con solicitar el desglose y aportar las anteriores de nuevo sería suficiente?