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Autónomos y baja voluntaria

2 Comentarios
 
26/05/2003 16:24
Estimada María. Mi caso, más detalladamente es el siguiente. Estuve trabajando casi 40 años en una empresa, por cuenta ajena. Pedí la jubilación anticipada y me la dieron (todo se tramitó como un despido improcedente). Luego me dí de alta como autónoma y al año más o menos, me dí de baja por falta de trabajo. Ahora, desde la Seguridad Social me están haciendo una retención del 8% cuando yo considero que sería del 6% y eso por el art. 4 de la Ley 35/2002 de 12 de Julio, que la misma Seguridad Social me cita pero para decirme que justo por ese art. no cumplo los requisitos para que se me aplique este coeficiente del 6%.
Cponsidero que cumplo todos los requisitos: mutualista desde enero de 1967; más de treinta años cotizados y solicité la jubilación anticipada por cese en el trabajo por una causa no imputable a mi. Qué es lo que ocurre? Por qué no me aplican el 6%? Gracias anticipadas.
26/05/2003 15:42
Patricia, si dices que eres autónoma debes saber que no tienes derecho a prestación por desempleo puesto que en este Régimen Especial de la Seguridad Social no se cotiza por esta contigencia.
Otra cosa es que por falta de trabajo ceses en la actividad, presentes la baja en el R.E. de Autónomos (para no tener obligación de seguir cotizando) y solicites tu inscripción como desempleada (cartilla de paro) en busca de empleo.
Si tienes dudas sobre lo que te explico, responde a continuación y danos más datos sobre tu situación.
Autónomos y baja voluntaria
26/05/2003 12:29
Soy autónoma y por lo tanto nadie me puede despedir. Dicho esto, cuándo se considera que un autónomo ha causado baja y por lo tanto está en paro por causas ajenas a su voluntad y no imputables al mismo? Vaya, que como no me viene trabajo, me voy al paro. Sin embargo desde la seguridad social me están diciendo que "estoy en el paroporque quiero" puetso que no tengo una carta de despido