Necesito que me saqueis de unas dudas que se me plantean:
1.-) Se puede dar de baja de Autonomos al Administrador unico de la un sociedad de caracter unipersonal, sin haber vendido sus participaciones y no cesar como Administrador.
2.-) En el supuesto de percibir el subsidio de desempleo a partir de los 52 años, cuales son los requisitos, uno de ellos es haber cotizado los 6 años anteriores, pero son continuados o pueden haber sido alternos.
3.-) En caso de una baja de I.T. de un trabajador encuadrado en el Regimen Gral. y en el Autonomo, cuales son los pasos a seguir.