Debe solicitar la baja en el régimen de autónomos; tendrá efectos desde el día 1º del mes siguiente a aquel en que cesara en su actividad, siempre que lo solicite dentro del plazo (6 días naturales desde el cese)
Documentos a presentar ante la Tesorería General de la SS:
1.Modelo TA-3-TA por duplicado
2. Original y fotocopia de la baja IAE.
3. Si fuera una Comunidad de Bienes o Sociedades Civiles, original y copia del documento de disolución.
4. Si son Sociedades Cooperativas, diligencia en la que conste la fecha de la baja.
Hola, mi consulta es la siguiente: A un trabajador autónomo que tiene una pequeña empresa y a una persona contratada a media jornada; le han ofrecido una oferta de empleo y se plantea el cierre de su propia empresa... ¿que pasos debe seguir? y ¿qué forma es la correcta para despedir correctamente a su trabajadora con el menor coste posible para él? ¿qué tipo de indemnización deberá de pagarle a la trabajadora? Grácias por vuestra colaboración.