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autonomo de baja por enfermedad

1 Comentarios
 
24/02/2008 08:11
Tener cubierto el período mínimo de cotización exigido en caso de enfermedad común, fijado en 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante. En caso de accidente, sea o no de trabajo, y de enfermedad profesional, no se exige período previo de cotización. En tu caso para tener derecho a Accid. de Trabajo, tenias q haber optado (suben las cuotas) por esta prestación.
Aparte de darse de alta como autónomo, el trabajador debe suscribirse a un IAE (impuesto de actividades económicas). El IAE es una clasificación de actividades. Dependiendo de la tarea o tareas que se vayan a realizar, el trabajador autónomo debe de darse de alta en uno o varios epígrafes del IAE. Anteriormente por darse de alta en un IAE había que pagar una tasa, pero ahora la han suprimido, por lo que no será necesario pagar nada (aparte de la cuota a la seguridad social de la que hablaré un poco más abajo). Por tanto, con pagar la tasa de autónomos a la Seguridad Social será suficiente.
Espero haberte ayudado. Saludos.

Autonomo de baja por enfermedad
22/02/2008 16:50
¿Cuanto tiempo tiene que cotizar un autonomo para tener derecho a prestación por i.t en seguridad social?¿Es obligatorio estar dado de alta en seguridad social y en hacienda al mismo tiempo?