Gracias Tributo por tu consejo,y llevaré acabo lo que dices, contactaré con un perito y que me diga apróximadamente por cuanto me saldría su valoración y enconsecuencia tendremos que actuar.
No obstante he pensado que también podría hacer alguna gestión en el catasctro y ver que posibilidad hay de que me informen sobre las valoraciones en que se encutran por esta zona los terrenos que no tienen construcciones realizadas.
Reitero mi agradecimiento y con lo que convelle todo esto os informaré.
saludos..
Es un tema bastante complejo, y me temo que lo tienes un poco complicado.
Te aplican el importe por metro de la fecha en la que llevas a liquidar el impuesto en lugar de la valoración aplicable en el momento de hacer la compra-venta. Y en mi opinión están haciendo lo correcto.
Lo que puedes hacer es solicitar una tasación pericial contradictoria, buscar un perito "independiente" y que te haga una valoración que tú opones a la de la administración.
Cuando digo "independiente" quiero decir que si lo hablas con el perito (al fin y al cabo, el que le paga al perito eres tú) te puede dar una valoración inferior a la que propone la Junta de Andalucía, pero no tan inferior que ellos no la acepten. Si la memoria no me falla, si el perito valora en un 20% menos de lo valorado por la Junta, ellos aceptan esa diferencia y te admiten pagar sobre tu valoración.
AHORA BIEN.- Probablemente el perito y eso te cuesten más que la liquidación de la Junta. En tu lugar aceptaría la nueva valoración, buscaría pagar a plazos y no recurriría.
Espero que me podais ayudar, he visto que hay muchas personas que están muy puestas en temas legales y que por este medio facilitais información y consejo a los que como yo no tenemos ni idea.
Vereis, compré un terreno rustico en la sierra dentro de la comunidad autonoma de andalucia.
Esto fue mediante contrato privado en el año 1991,
se compró a 200 ptas./m2.
Como quiera que no se puede registrar,ya que no permiten la segregación, se ha optado en este año de 2008, de elevar a público el contrato ante notario,logicamente el importe que se optó en poner como compra fue de 1 euro/m2,es decir un poco menos que lo que realmente nos costó.
Se pagó a la conserjeria de hacienda el impuesto correspondiente según el importe y metros adquiridos,pero cual es nuestra sorpresa cuando recibimos un requerimiento en el que nos dicen que la valoración que hacen es de 7 euros/m2,por lo que la autoliquidación que nos hacen y que hemos de abonar es de cerca de 3000 euros más,aparte del importe que se realizó yá en su día.
El terreno al que hacemos referencia,carece de vivienda alguna,ya que está prohibido su contrucción y la parcelación donde se encuentra es ilegal.
No sé de donde sacan esta gente esta diferencia tan abismal,porque si el terreno se compra en 1991,deberían de aplicar el importe por m2,correspondiente a ese año y no como si se hubiera comprado este mismo año del 2008.
No se si esto seria recurrible y de serlo que se podría alegar.
Espero vuestra ayuda y os doy la gracias anticipadamente.
saludos.