Os comento soy nuevo he demandado a empresa la empresa hizo intervencion provocada a 2.
El problema se dicta auto por el cual la llamda a los dos se deniega y en el mismo auto dice que se le deja 4 dÃas a la parte demandada para contestar a la demanda.
El plazo para contestar se lo pone en los fundamentos de derecho y no en la parte dispositiva.
Ahora despues de tres meses recibo providencia dejandole un plazo de cinco dÃas para contestar.
A mi todo esto me huele a cuerno quemado, estaria en rebeldia si en el auto le pone el plazo en los fundfamentos de derecho y no en la parte dispositiva si no contestan.
Muchas Muchas Gracias