Hola, mi duda es la siguiente, en sepiembre del 2011 recibi el auto de suspension de pena de libertad, este auto lo deberia ver recibido en enero de ese mismo año que finalizo la pena de 6 meses que me impusieron pero por lentitud del juzgado lo recibi en septiembre y me comenta el abogado que el computo de plazos para poder cancelar el delito empieza desde septiembre que es cuando recibi el auto. ¿Hay alguna manera de que cuenten desde enero y no desde que recibi el auto? GRACIAS