para apen, yo creo que es de prescripción, debes interrumpir antes del año y asi no te equivocas. sobre la otra pregunta, se debería de oficio dictar el auto cuando se archive la causa penal. no está de más solicitarlo si ves que tardan en dictarlo.
En mi opinión, se trata de un titulo ejecutivo por lo que rige las normas de la Ley de Enjuicimianeto Civil, es decir : si supera los 900€, Abogado y Procurador.
Perdonadme, me olvidaba de una cosa: no es precpetiva la intervencion de abogado ni procurador, en virtud del art. 539.1 lec, verdad? ya que procede de juicio de faltas, donde no son preceptivos. Estoy en lo cierto?
hola! tengo que presentar una demanda ejecutiva de un auto ejecutivo dictado en juicio de faltas (trafico). La compañia contraria ha consignado varias cantidades a lo largo del procedimiento penal, cuestion que no contempla el auto. A la hora de redactar la demanda ejecutiva debo pedir como principal la cantidad maxima que contempla el auto, o debo indicar como principal la cantidad que resulta de deducir las consignaciones efectuadas y entregadas a mi cliente?Gracias