Es líicto que si te notiifcan de un auto de ejecucuín de sentencia no te adjunte al mismo la demanda de ejecución? si no es así crea indefension a la hora de oponerse a la ejecución?. Alguien opina lo mismo?
Hombre, la solicitud de ejecución de la sentencia, puesto que no es necesario que se haga en forma de demanda, puedes conseguirla mediante el procurador, sin perjuicio de lo que se está ejecutando es una resolución judicial, con causas más que tasadas de oposición.
Sin perjuicio de lo anterior, entiendo que podrías pedir que se te diese traslado de la solicitud de la ejecución, con suspensión del plazo para oponerte.
Partiendo de la base de que no esta comparecida la parte contraria con procurador,(si lo estuviere, tendría que haberse notificado obligatoriamente por traslado de copias para admitir el escrito de ejecución), si es una persona física o jurídica la condenada al pago por sentencia, que se entiende firme, ya que de lo contrario estaríamos hablando de ejecución provisional, y no se apeló la misma o si se apeló fuese desestimado el recurso, la sentencia es firme, ¿podrías especificar con qué fundamentación jurídica te puedes oponer? Gracias y AVE.