Necesitaría unos meses para buscar otra vivienda. Legalmente podría decir que si que vendo por ese precio tasado pero fijar yo la fecha de la venta, por ejemplo en un año, o tengo que vender cuando mi ex marido me proponga, en un mes, tal como me ha sujerido para la firma de la extincion de condominio?
Claro. Acepte su 50%: el trato es justo e inmediato. Si necesita más dinero, tendrá que pensar en sacarlo de otro sitio. Acabe diligentemente este litigio.
Pero si finalmente se ordena la subasta, mi imagino que perderé mucho sabiendo que la otra persona va a participar en ella, y que mi casa ha sido tasada muy bajo, por lo que mi ex va la poner ofrecer el máximo. El me ofrece el 50% de la tasación y en una subasta jamás obtendré esa cantidad, aparte de las multas coercitivas y desobediencia a la ley, así que creo que mejor aceptar el 50%. Al fin y al cabo el tiene lo que él defiende es correcto, sólo que yo necesito más dinero.
Para interpretarle adecuadamente el asunto habría que ver esa orden del juez que usted menciona. En todo caso, en España la venta es voluntaria, por lo que el Juez no puede obligar a vender. Puede ordenar la subasta si hay incumplimiento, pero jamás la venta.
El juez ha dictado auto de ejecución forzosa en el sentido de que debo dar conformidad a la venta de una vivienda que ha sido tasada judicialmente. ¿Significa esto que si alguien me ofrece mínimo el precio de la tasación, estoy obligada a vender?