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ausencia de lectura y aprobacion del acta anterior

22 Comentarios
Viendo 21 - 22 de 22 comentarios
24/03/2009 18:39
Pues yo creo que aunque no se diera lectura al Acta (si esta se envió a cada propietario), al menos, el administrador, debería preguntar si están conformes y la aprueban.
En mi caso, he detectado errores en el Acta y ya se lo he comunicado al administrador. Le he dado mis razones por las que creo que deberá subsanar esos "errores" (falsedades en el Acta, y posiblemente en la información que se les dio a los presentes en Junta, si fuera cierto que el Acta recoge lo tratado y aprobado en Junta) antes de la siguiente Junta de propietarios, en la que deberá ratificarse. Por supuesto que si el día de la siguiente junta, el administrador hubiera hecho caso omiso a mi petición, yo no aprobaré el Acta y ya tomaré medidas legales al respecto (aportando mis pruebas fehacientes).
No creo que el no haber impugnado el Acta de por hecho que esta es aceptada/aprobada, es más, creo que no se debería impugnar un Acta si antes no se ha discrepado y pedido que los defectos, errores y omisiones, sean subsanados:

"Serán subsanables los defectos o errores del acta ... Dicha subsanación deberá efectuarse antes de la siguiente reunión de la Junta de propietarios, que deberá ratificar la subsanación".



perfil Vio
24/03/2009 17:43
El acta se envia , a veces con más de 10 dias y si no hay impugnaciones se entienden aceptada. Es correcto lo que dice su presidente. La redundancia de lectura y aprobación en la próxima junta es innecesaria. Varias administraciones que conozco han prescindido de ese punto. Salvo mejor criterio.
Ausencia de lectura y aprobacion del acta anterior
24/03/2009 17:19
En una comunidad de propietarios, la persona que lleva las cuentas, no procede en las reuniones a la lectura y aprobación del acta anterior.
Su explicación es que como se le notifica a todos los propietarios con independencia de que asistan o no es necesario proceder a su lectura y aprobación en la próxima junta.
¿ES esto correcto?
Yo entiendo que no porque entiendo que aunque se firme el acta por p y secretario en los diez dias, según dice comienza ahi el plazo para impugnar el acta para todos.
¿es esto correocto?

Gracias.